REFORMA DE LA LOU: LA ESTRUCTURA DEL
PROFESORADO
Subàrea d'Universitat i Investigació d'EUPV, 8 de junio
de 2005
Proponemos la existencia de un Cuerpo Único
de profesorado universitario, con título de doctor.
Proponemos que el acceso al mismo se realice a
través de un dobre proceso de:
a) Habilitación o acreditación, sin
limitación numérica y en base a méritos; la
información sobre los mismos podría completarse con un
intercambio de información, que no debería ser
necesariamente presencial.
b) Adscripción a plaza en una Universidad, en
el marco de su autonomía, y que por tanto no debería ser
objeto de una regulación detallada.
Los actuales profesores Titulares de Universidad,
Catedráticos de Universidad y de Escuela Universitaria doctores
pasarían a formar parte de dicho Cuerpo Único. Los
actuales profesores Titulares de Escuela Universitaria con
título de doctor, o que obtuvieran el doctorado, se
integrarían en dicho Cuerpo Único en su propia plaza en
el momento en que superaran la correspondiente habilitación o
acreditación.
Por otra parte, podría haber un Cuerpo
Especial de profesores universitarios sin el requisito del doctorado
para áreas específicas, atendiendo a las dificultades
transitorias en las mismas para la obtención del doctorado.
No entramos aquí en el carácter
funcionarial o laboral de las distintas categorías de
profesorado, que en todo caso deberían estar equiparados.
Debe entenderse, por otra parte, que la
vinculación a la investigación es esencial a toda la
docencia universitaria; dicho Cuerpo Especial, por tanto,
tendrían también funciones investigadoras. En tanto haya
estudios superiores que no se vinculen a una investigación no
tendrían carácter universitario, sino que podrían
corresponder a una Formación Profesional superior. No obstante,
la tendencia es a que todas las técnicas devengan
tecnología vinculándose a la ciencia y a la
investigación, y por tanto a que todos los estudios superiores
tiendan a integrarse en una Universidad universalizada.