Al amparo de lo establecido en el Reglamento del Congreso, el Grupo Parlamentario de Izquierda Verde - Izquierda Unida - Iniciativa per Catalunya Verds presenta la siguiente Moción consecuencia de Interpelación Urgente sobre la financiación de la Iglesia Católica y demás confesiones religiosas a costa de los presupuestos generales del Estado, así como la posibilidad de revisión del Concordato entre el estado Español y la Santa Sede para ajustarla a la Constitución vigente.
Hoy no se puede mantener privilegios fiscales o de trato que den carácter de Estado a ninguna confesión religiosa, por lo que la relación del Estado, partiendo nuestra realidad social actual debe tener un trato aconfesional y de equidad con las mismas, todo ello desde el respeto a la libertad religiosa e ideológica que recoge la Constitución Española y entendiendo que el artículo 14 de la misma entre los derechos y libertades establece que: " Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión.." y sobre todo el articulo 16 que garantiza la libertad ideológica, religiosa o de culto en su apartado tres dice: " 3. Ninguna confesión tendrá carácter estatal" y mandata a los poderes públicos a tener en cuenta las creencias religiosa y mantendrán: " y mantendrán las consiguientes relaciones de coorperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones".
La presente propuesta parte de la sensibilidad latente en un amplio abanico de sensibilidades sociales, políticas, culturales y religiosas quiere vivir en un entorno basado en los principios de libertad, democracia, respeto de los derechos humanos y de las libertades fundamentales, que huya de imposiciones obligatorias o generalizadas en las decisiones normativas o de gestión de los poderes públicos del Estado.
Por todo ello,
El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a que:
1º.- Que desde un marco plural se aborde el estudio de los tratamientos fiscales y las condiciones de relación del Estado con las distintas confesiones religiosas, para superar si los hubiere, los tratos de privilegio que se pudieran estar produciendo, para lograr que la financiación de las Iglesias a costa de los presupuestos generales del Estado se realice con total transparencia y equidad en relación con su implanntación.
2º.- El Gobierno en el marco de la reforma fiscal estudiará la posibilidad de sustituir en la gestión del IRPF la casilla de aportación a la Iglesia Católica por otras, como la de proyectos de cooperación al desarrollo y la de actividades medio ambientales.
Mientras que se mantenga el actual sistema de IRPF el Estado debe ser, mero gestor de la decisión de los ciudadanos al pagar sus impuestos, por tanto la aportación del IRPF debe circunscribirse a lo realmente decidido por los contribuyentes y las anticipaciones mensuales a cuenta, que se realicen a partir de Enero de 2006 se fijarán en la cuantía resultante en dividir por doce la cantidad resultante de la liquidación del año anterior incrementara en la previsión de IPC del Gobierno para el ejercicio, y se reclamará lo pagado en demasía o se transferirá lo realizado si es inferior, a lo aportado en la liquidación definitiva en el siguiente ejercicio.
3º.- Establezca un proceso de aclaración y precisión para que las distintas subvenciones que reciban las Confesiones religiosas, incluida la Iglesia Católica, se doten de nitidez y transparencia en el gasto que se exige a todo gasto público incluido la intervención del Tribunal de Cuentas y además partir de compromisos concretos o actuaciones programadas desde el interés de los servicios o prestaciones que los ciudadanos reciben, pero fuera del adoctrinamiento ideológico o religioso. Todo ello por entender que la Iglesia Católica, al igual que el resto de organizaciones religiosas, debe lograr por sí misma los recursos suficientes para la atención de sus necesidades.
4º.- Denuncie los acuerdos entre el Estado y la Santa Sede, derivados del Concordato, como paso previo a la revisión del mismo porque los acuerdos internacionales del Estado Español se deben ajustar a la Constitución Española de 1978 especialmente en lo que se refiere a los artículos 14, 16 y 27 que determina un Estado aconfesional con libertad de culto, por lo que los acuerdos estatales deben de sujetarse a estos preceptos constitucionales y ajustado además para a la declaración de Derechos Humanos de 1948 especialmente en lo que se refiere a los artículos 2, 18, 19, 20, 25 y 26.
Madrid, 24 de Noviembre de 2005
Palacio del Congreso de los Diputados
| Joan Herrera Torres Portavoz G.P. Izquierda Verde-IU-ICV |
Gaspar
Llamazares Trigo Presidente G.P. Izquierda Verde-IU-ICV |