Propuesta de Enmiendas de la UJCE al proyecto de reforma de la LOU
Al Punto
19.
El Artículo 29 queda redactado de la siguiente manera: Composición del Consejo de Universidades.
El Consejo de Universidades será presidido por el Ministro competente en materia de universidades y estará compuesto por los siguientes vocales:
a) Los Rectores de las universidades.
b) Cuatro representantes de los estudiantes universitarios de la forma que disponga la Ley del Estatuto del Estudiantes Universitario.
c)Dos representantes de los sindicatos de mayor implantación a nivel nacional.
d) Dos representantes de las Principales Organizaciones Empresariales
Justificación:
Garantizar la presencia del estudiantado como principal beneficiario
del sistema universitario español y de los agentes sociales.
Al Punto 32.
Suprimir: y créditos.
Justificación:
Un modelo de créditos no garantiza el acceso universal de los
estudiantes a la universidad, si no que introduce a un gran numero de
estudiantes en la cultura de la hipoteca y el endeudamiento.
Al punto 34.
El
apartado 5 del artículo 46 quedara redactado de la siguiente
manera:
La Cortes Aprobaran aprobará una ley del estatuto del estudiante universitario, en esta se preverán las medidas necesarias para garantizar la participación y representación del estudiantado.
Justificación:
Una ley ordinaria del Estatuto del estudiantes garantiza que a
diferencia de la aprobación de este por real decreto los
derechos y deberes del estudiantado no queden al arbitrio
gubernamental. Igualmente importantes sectores del movimiento
estudiantil se han posicionado en contra del Consejo Estatal de
estudiantes ya que consideran que este seria una herramienta poco
representativa, fuertemente burocratizado, excluyente de grandes
sectores del estudiantado y sometida al juego partidista
Nueva disposición adicional:
En
el plazo de seis meses el gobierno presentara ante las cortes un
proyecto de ley del Estatuto del Estudiante Universitario, que deberá
de negociar con los distintos sectores integrantes del movimiento
estudiantil.
En consonancia con la enmienda anterior